PESCA VALLE DEL ALAGÓN - PESCAR EN EXTREMADURA
INFORMACIÓN REGLAMENTO DE PESCA
Horario de pesca Se establece como horario de pesca el comprendido entre una hora antes de la salida del sol y una hora después de su puesta. Excepcionalmente se podrá autorizar un horario distinto a este para la celebración de concursos organizados por sociedades de pescadores o por la Federación Extremeña de Pesca. -Cupos No se podrán pescar más de 6 truchas por pescador y día. La boga se limita a 40 capturas. Para el resto de especies no se establece limitación de capturas. En los cotos de pesca las limitaciones de capturas por pescador y día vendrán fijadas en sus respectivos planes técnicos, pudiendo diferir de las establecidas con carácter general. En el tramo superior del río Génova se fija el cupo de capturas de truchas por pescador y día en 10. -Artes y procedimientos Queda prohibido con carácter general el empleo de todo tipo de redes para la pesca en las aguas de Extremadura, quedando excluidas de esta prohibición las masas de agua declaradas como explotaciones de acuicultura. Cuando en determinados tramos o masas de agua se compruebe que sus condiciones hidrobiológicas permiten la utilización de redes sin que pongan en peligro la producción piscícola futura del tramo, se podrá autorizar, previa petición de los interesados, la utilización de las mismas fijando las condiciones para su empleo. Se autoriza el cebado de las aguas siempre que se cumpla lo estipulado en el artículo de la ley 8/1995 de Pesca de Extremadura. Se autoriza en las aguas embalsadas el empleo de pez vivo como cebo siempre que los ejemplares que se utilicen pertenezcan a las especies colmilleja, carpa, barbo o tenca, y pueblen de manera natural el tramo en que se vaya a pescar. Los ejemplares a utilizar deberán tener las dimensiones mínimas de captura, salvo en el caso de que procedan de centros de acuicultura legalmente establecidos y pueda acreditarse su procedencia. En las aguas trucheras no se permite el empleo de pez vivo como cebo. A requerimiento de quien se encuentre pescando, cualquier otro pescador deberá guardar una distancia mínima de 10 metros, salvo en las aguas trucheras que será de 20 metros. De acuerdo con lo establecido en el artículo 41.1 de la Ley 8/1995 de Pesca de Extremadura, cada pescador podrá utilizar un máximo de tres cañas tendidas en una distancia inferior a 10 metros, excepto en aguas trucheras, donde sólo se podrá utilizar una caña
Gobierno defiende que Presupuesto de pesca para 2010 "cumple" y el PP denuncia el recorte de inversión


  MADRID, 7 Oct. (EUROPA PRESS) -
 El secretario general del Mar, Juan Carlos Martín Fragueiro, aseguro hoy que el Presupuestos de su departamento se hecho "teniendo en cuenta los acontecimientos" y garantizarán el impulso de políticas de apoyo a la pesca en el próximo año. "Estos Presupuestos nos van a permitir cumplir", aseveró.
   Durante su comparecencia ante la Comisión de Medio Ambiente, Rural y Marino, Fragueiro replicó en estos términos al portavoz de Pesca del PP, Joaquín García, quien le reprochó que las inversiones de la Secretaría General del Mar disminuyan un 10% y que se reduzcan las transferencias de capital en casi 20.000.000 euros, un 22% menos.
   García aseguró que la pesca es la gran discriminada de las cuentas públicas para 2010 y el Ejecutivo no ha tenido en cuenta la situación específica de este sector con pérdida de competitividad y una "caída espectacular" de precios de primera venta que provocará el desguace de una "parte importante" de la flota.

 MARM prohibirá a partir de 2010 captura de tiburones zorro y martillo a flota palangrera española      30-09-2009  Los buques pesqueros españoles no podrán capturar, transbordar, desembarcar y comercializar estas especies en todos los caladeros en que faenen, incluyendo las aguas jurisdiccionales de terceros países.

El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino prohibirá, a través de un Orden Ministerial que entrará en vigor el 1 de enero de 2010, la captura de tiburones zorro y tiburones martillo o cornudas, con el objetivo de proteger estas especies vulnerables.

En línea con las recomendaciones de la FAO y de las Organizaciones Regionales de Pesca, los buques pesqueros españoles no podrán capturar, transbordar, desembarcar y comercializar los tiburones zorro y martillo en todos los caladeros en que faenen.

Esta prohibición, incluye las aguas jurisdiccionales de países terceros. Es decir, las aguas de los países con los que la Unión Europea ha firmado un acuerdo de pesca o aquellas de países a las que se pueda acceder mediante un acuerdo privado o un contrato de arrendamiento de buques pesqueros.
PARA SABER MAS :   
Extremadura. El Consejo Regional de Pesca apuesta por la creación de una nueva ley y "no sólo" por la modificación de la actual
Extremadura. El Consejo Regional de Pesca apuesta por la creación de una nueva ley y "no sólo" por la modificación de la actual Miguel Anxo Lareo Sanchez 19 septiembre 2009 19:41:23 El Consejo Regional de Pesca, que se reunió hoy Badajoz con ocasión de la Feciex, dio luz verde a la creación de una nueva Ley de Pesca en Extremadura con una redacción "más moderna y comprensible" para los pescadores, y "no sólo" por la modificación de la actual. Hasta ahora, la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente ha trabajado en la modificación de algunos aspectos de la norma actual, pero las sucesivas incorporaciones que han realizado los distintos colectivos, asociaciones y la propia Federación Extremeña de Pesca, han dado lugar a una nueva ley. Esta nueva ley tendrá "una comprensión mucho más fácil para los pescadores y recogerá aspectos más modernos de la actividad que ha evolucionado como lo hace la sociedad hoy en día", señaló el director general del Medio Natural, Guillermo Crespo. En su opinión, el pescador actual es "más conservacionista y respetuoso" con el medio natural. "Se han dado cuenta que vivir en Extremadura, cerca del agua, es un entorno absolutamente privilegiado, y reclaman mucha más pesca", informó la Junta en nota de prensa. Esto ha provocando que haya "más demanda" de la modalidad de Pesca sin Muerte, por lo que habrá una licencia distinta y específica para este tipo de pesca sin captura, explicó Crespo. Asimismo, manifestó que cada día es "más demandado" el carpfishing, o pesca de grandes peces, carpas y barbos, entre otras especies, una modalidad que igualmente obligará a modificar la ley para permitir la pesca nocturna en tramos y períodos concretos.ORDEN DE VEDAS PARA 2010 Por otro lado, el Consejo Regional de Pesca aprobó también la orden de vedas para la próxima campaña con "pocos aspectos relevantes" respecto de la orden anterior, ya que "sólo se alternan los tramos vedados". En este sentido, se abre San Martín y se veda Becedas (Tornavacas); se abren Las Meñas y Caballerías y se vedan Cuartos y La Hoz (Losar de la Vera); y se deja en permanente veda absoluta el tramo de la Garganta Salóbriga como frezadero (junto al Viejas) del Río Ibor (Navezuelas y Castañar de Ibor). Respecto a los tramos de pesca sin muerte, se recorta el de Garganta Ancha (Casas del Monte) reduciéndolo al tramo con mayor valor natural y de frezadero. Se deja en veda corta el resto de la garganta (desde la localidad hasta su afluencia a Garganta Grande). "El seguimiento de otras incorporaciones requiere una serie de años y algunas sólo llevan este año, excepcionalmente adverso en cuanto a régimen de los ríos se refiere". Se mantiene la ampliación de reserva para los concursos de la federación hasta fin de febrero, apuntó la Junta. Otros aspectos "relevantes" a tener en cuenta son la prohibición de partes o peces continentales no vivos como cebo, manteniéndose para las aguas embalsadas no trucheras como pez vivo sólo la tenca. Además, se prohíbe de la navegación de las embarcaciones autorizadas en el Ebro, Júcar y Segura, "salvo cuando se aporte certificación de desinfección de embarcación y remolque", debido a los "riesgos por transporte involuntario" del mejillón cebra; y la prohibición nocturna de la pesca del cangrejo rojo, así como el uso como cebo o carnaza de partes o peces continentales. Finalmente, la Junta destacó la incorporación de tramos libres de pesca sin muerte (Río Viejas, Río Ambroz desde el puente de Abadía hasta el pie de presa de regulación del regadío, Garganta de Descuernacabras desde su nacimiento hasta el puente de la carretera de Campillo a Bohonal, y Garganta Ancha), así como la prohibición de la pesca de la anguila y el sábalo en Extremadura, y el cacho o bordallo en la cuenca del Guadiana.
    FUENTE.  http://www.masmar.net/

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 PRÓXIMAS COMPETICIONES
 
EVENTOS
CITUR 2010,PROXIMAMENTE
Feria del Turismo de Caza y Pesca, organizado por la mancomunidad de
Cijara en el paraje "Los Robledillos", en plena Reserva Regional de

 

LINDE Y RIBERA: Los amantes de la caza y de la pesca, tanto los profesionales como los aficionados, tienen en este programa temático la oportunidad de profundizar en los conocimientos de un apasionante mundo que vive en permanente contacto con la Naturaleza.
Cesáreo Martín puede hablar sobre caza y pesca desde la autoridad que le da la experiencia, pues lleva practicando ambas actividades desde hace más de cincuenta años. Querido y respetado por todos los aficionados a estos deportes y por los amantes de la naturaleza, Cesáreo Martín afronta esta nueva temporada con la misma ilusión del día en que cobró su primera perdiz o sacó del agua la primera trucha.
Topógrafo de profesión, es también guarda privado de caza, fotógrafo de la naturaleza y gestor de cotos, aunque su verdadera pasión es compartir sus aficiones con los oyentes de ONDA CERO. Cesáreo Martín conoce mejor que nadie las claves de la caza y de la pesca y defiende por encima de todo la conservación y el respeto al medio natural. Ha sido director de la revista "Caza y Pesca" y lleva colaborando desde 1973 en publicaciones especializadas y en diferentes medios de comunicación.
Su trayectoria profesional ha merecido importantes galardones. El último ha sido el Premio de Periodismo 2004, otorgado por la Real Federación Española de Caza. lindeyribera@ondacero.es
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